Es habitual que dos o más personas con una relación familiar, de amistad o vecindad previa, se junten para iniciar un negocio, aportando cada uno recursos económicos, conocimiento o trabajo.
También es habitual que al principio decidan no firmar un contrato, porque entienden que no es necesario, pues hay confianza entre ellos y además prefieren no comprometerse de forma definitiva por si el negocio no marcha bien y deciden desvincularse.
Si bien este esquema de trabajo basado en la confianza puede funcionar al principio, no es extraño que con el tiempo comiencen a producirse desacuerdos que van erosionando la relación.
En ese escenario, si no existe contrato: ¿Cuáles son las normas que regulan la relación entre los socios? ¿Cómo resolver los conflictos que se plantean y evitar los abusos?
el trabajo diario puede desgastar cualquier relación de amistad y confianza
Jurídicamente, el simple acuerdo verbal entre dos o más personas, para desarrollar una actividad comercial, donde todos realizan algún aporte con el objetivo de repartirse las ganancias y soportar las eventuales pérdidas da nacimiento a una sociedad de hecho.
Conforme lo establece la ley, esta sociedad es una persona jurídica con su propio patrimonio, pero a diferencia de otros tipos sociales (por ej: sociedades de responsabilidad limitada o sociedades anónimas) las sociedades de hechos presentan las siguientes particularidades:
Representación: cualquier socio puede representar a la sociedad, celebrando contratos y asumiendo obligaciones frente a terceros a nombre de la sociedad sin necesidad de acuerdo previo con los demás socios.
Responsabilidad: cada socio responde directamente con todos sus bienes personales por las obligaciones de la sociedad. Sin embargo, la sociedad no responde con sus bienes frente a los acreedores particulares de cada socio.
Regularización: La sociedad de hecho puede regularizarse en cualquier momento transformándola en una sociedad regular (en una sociedad colectiva, de responsabilidad limitada, sociedad anónima u otro tipo social) para lo cual debe realizarse el contrato social por escrito y completar las demás etapas previstas para cada tipo social (inscripción, publicación, etc.).
Disolución: cualquiera de los socios puede solicitar la disolución de la sociedad, notificando su decisión a los demás socios.
En este marco, a la hora de realizar un emprendimiento con familiares o amigos debemos tener presente que una relación de trabajo, donde cada uno compromete sus recursos, sus bienes y su trabajo, resulta un entorno fuertemente estresante que puede desgastar cualquier relación previa de confianza y amistad.
Si no existen reglas claras establecidas de forma previa, los socios se verán obligados a discutir y llegar a acuerdos constantemente y cuándo no sea posible, cada uno actuará de acuerdo a su propio criterio, lo cual terminará por afectar no solamente la viabilidad del negocio, sino la relación de amistad y confianza que existía previamente.
Los conflictos entre socios pueden ser potencialmente más graves si no pueden resolverse rápidamente y eso se logra con un contrato social, estableciendo los roles de cada socio, sus derechos y obligaciones.
Si bien la ley de sociedades comerciales le reconoce personería jurídica a las sociedades de hecho, queda claro que su estructura jurídica tiene muchas debilidades que no la hacen recomendable para vehiculizar negocios que perduren en el tiempo.
Siempre es recomendable en estos casos asesorarse para identificar el tipo social que mejor se adapte a la idea de negocio y constituir una sociedad regular.
De esta forma, cada socio podrá no solamente limitar su responsabilidad, sino quedar amparado por mecanismos de control de la administración y representación de la sociedad, más allá de las crisis en los vínculos de confianza entre los socios.

Qué pasa cuando no se puede llegar a un acuerdo en el contrato social?
Depende si la sociedad está en fase de preparación o si ya está funcionando. En el primer caso deberían buscar asesorarse sobre el tipo social que mejor se adapte a la situación de cada uno de los socios. En el caso que ya estén trabajando, cualquiera de los socios podría impulsar la regularización de la sociedad, obligando al resto a tomar la decisión de quedarse o retirarse.
¿Cómo se puede despedir a alguien bajo estos lineamientos?
Despedir es la acción de dar por terminado un contrato de trabajo vigente por decisión del empleador. Es una figura que no se aplica la relación de los socios de una sociedad, pues el vínculo entre ellos no es de naturaleza laboral, sino de naturaleza comercial.